El encargado del asesoramiento fiscal será un licenciado Administración y Dirección de Empresas que se ocupará de los tramites para hacerse autónomo:
- Declaración Censal
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas
Estos trámites hacen referencia al cumplimiento de las obligaciones fiscales que corresponde realizar en el ejercicio de la actividad.
- Declaración Censal (IVA)
La declaración censal es la declaración de comienzo, modificación o cese de actividad. Están obligados a presentarla todas las personas físicas y jurídicas que vayan a iniciar una actividad empresarial o profesional en el territorio español.
· Documentos necesarios: modelo oficial 036, DNI o CIF (para sociedades) y alta en el IAE.
· Plazo de presentación: antes del inicio de la actividad.
· Lugar de presentación: Administración o Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) correspondiente al domicilio fiscal de la empresa.
- Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
El IAE es un tributo de carácter local, que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local. Es obligatorio para toda sociedad, empresario o profesional.
Se presentarán tantas altas como actividades se vayan a ejercer.
· Documentos a presentar: modelo 845 (para actividades sujetas a cuota municipal) o modelo 846 (para las sujetas a cuota provincial) y DNI.
· Plazo de presentación: 10 días hábiles previos al inicio de la actividad, formulando declaración por separado para cada una de las actividades que vayan a ejercerse.
· Lugar de presentación: Administración o Delegación de AEAT correspondiente al lugar en que se ejerza la actividad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario